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dc.date.accessioned2022-10-25T14:52:54Z
dc.date.available2022-10-25T14:52:54Z
dc.date.issued2022-01
dc.identifier.citationObservatorio Legislativo de Cuba. (2022). Informe Enero 2022.spa
dc.identifier.urihttps://dspace-4metrica.metabuscador.org/handle/001/101
dc.description.abstractDemoAmlat publica su Informe de Enero 2022 del Observatorio Legislativo de Cuba, en el que el tema central es la Consulta Popular a la que es sometida la versión Nº 23 del Código de las Familias desde 1 de febrero hasta el 30 de abril de 2022. En el informe demostramos que, en general, los mecanismos de democracia directa (MDD) dependen de la participación ciudadana y están caracterizados por su efecto más o menos decisorio o influyente. Sin embargo, la legislación y la práctica política cubana consideran como “consulta popular” a una forma especial de participación de la ciudadanía en el proceso de creación de algunas leyes. Consiste fundamentalmente en debates controlados en los que la ciudadanía ofrece sus criterios sobre un proyecto de ley avalado previamente por las estructuras de poder estatal. En la consulta popular cubana la ciudadanía no puede impulsar el proceso, ni media el voto en ninguna de sus instancias. Además, recabar un número determinado de apoyos tampoco garantiza a los interesados o consultados que sus criterios serán asumidos por el poder, ya que en la Ley Electoral vigente se aclara que el gobierno no tiene ningún compromiso con lo expresado por la ciudadanía. Por otra parte, la organización y moderación de los intercambios correrá a cargo de las comisiones electorales de circunscripción (designadas por los consejos electorales locales) y las especiales (designadas por las FAR o el Minrex). Es decir, el proceso estará mediado exclusivamente por personal elegido por el régimen. Tras el análisis realizado en este informe, desde DemoAmlat concluimos en que este en este proceso de Consulta Popular: ● NO hay instancias de control independientes que puedan garantizar que el proceso se lleve a cabo de la manera prevista. ● NO hay datos sobre quiénes serán los que conformen los “grupos auxiliares de procesamiento de la información a nivel municipio”, ni sobre su idoneidad para conformar dichos grupos. ● NO hay mecanismos para monitorear las propuestas hechas tanto en los puntos de reunión en circunscripciones, como en la web que pondrá a disposición el MINREX y el correo electrónico de la Asamblea Nacional del Poder Popular. ● NO hay criterios claros para justificar la adopción, modificación o eliminación de las propuestas. ● Finalmente, NO hay garantías de que el Código de Familias que se lleve a referendo exprese la voluntad de las y los cubanos.spa
dc.format.extent27spa
dc.format.mimetypeapplication/pdfspa
dc.language.isospaspa
dc.publisherObservatorio Legislativo de Cubaspa
dc.publisherDemoAmLatspa
dc.publisherTransparencia Electoralspa
dc.titleInforme Enero 2022spa
dc.typeReportespa
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersionspa
dc.type.coarversionhttp://purl.org/coar/version/c_970fb48d4fbd8a85spa
dc.rights.coarhttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2spa
dc.contributor.corporatenameObservatorio Legislativo de Cubaspa
dc.contributor.corporatenameDemoAmLatspa
dc.rights.accessrightsinfo:eu-repo/semantics/openAccessspa
dc.subject.proposalObservatorio Legislativo de Cubaspa
dc.subject.proposalCubaspa
dc.subject.proposalAsamblea Nacional del Poder Popularspa
dc.subject.proposalDemoAmlatspa
dc.subject.proposalcalendario legislativospa
dc.subject.proposalCódigo de las Familiasspa
dc.subject.proposalconsulta popularspa
dc.subject.proposalLey electoralspa
dc.type.coarhttp://purl.org/coar/resource_type/c_93fcspa
dc.type.contentTextspa
dc.type.driverinfo:eu-repo/semantics/reportspa
dc.type.redcolhttp://purl.org/redcol/resource_type/IFIspa


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